Técnica de ahorro fiscal en inversiones

Tecnica ahorro fiscal inversiones planificacion

Hoy os traigo una técnica super efectiva de ahorro fiscal en tu declaración de la renta anual, en la parte de capital mobiliario y ganancias de patrimoniales (determinación de la «base del ahorro» por beneficios en inversiones financieras).

Desde el lado de la legislación, si eres un ciudadano con un ahorro o capital que no es extraordinario, no hay mucha historia. Todo está supertasado y las únicas ventajas fiscales no son tales, como los planes de pensiones o fondos de inversión (solo cuando reinviertes) ya que, o bien es una traslación del coste fiscal en el tiempo, o bien se aplican a productos con los que no vas a obtener rendimiento y por lo tanto la «ventaja fiscal» nunca la vas a utilizar, o una mezcla de ambos.

Generalmente es una mezcla de ambos.

#1. Céntrate en inversiones que sean rentables

Esta frase parece de perogrullo. Pero a la vista de mi experiencia con clientes, no lo es tanto.

Me explico.

Lo primero que suelen mirar las personas que van a invertir es el «ahorro fiscal». Este criterio es erróneo. Lo primero que debes mirar es el «rendimiento esperado y su riesgo». Solo una vez que tengas buenos rendimientos tiene sentido comenzar a mirar el ahorro fiscal.

Dime qué prefieres:

Tener inversiones en un plan de pensiones o una sicav que a lo largo de 10 años no te ha dado ninguna ganancia.

o

Invertir en acciones, etfs o cualquier otro producto rentable que te ha dejado un 6% anual y por el que vas a pagar un 20% de tu rendimiento una vez lo realices.

Está claro que la segunda opción.

En el Programa de Mentoring dedicamos una sesión a explicar como funciona «El Negocio» y por qué piensas de determinada forma, en este caso pensar antes en el ahorro fiscal que en la rentabilidad y multiplicación. Hay una presión psicológica y educativa alrededor tuya a la que no puedes escapar.

Si estás en España mi consejo es que no contrates ningún plan de pensiones ni tampoco fondos de inversión del «gestor» comercial de tu banco, porque vas a perder dinero.

Soy categórico porque todos los estudios (a +20 años) lo demuestran y porque mi experiencia en la última década lo corrobora (sea una empresa o un particular, todas palman).

Lo que quiero que te quede claro con este primer punto es que te liberes del criterio fiscal para elegir una inversión. Olvídate de primeras. Es una estrategia que utiliza cierto sector para que contrates sus productos, con los que no te pueden comprar mediante rentabilidad-riesgo.

El coste fiscal solo viene mucho después. Cuando lleves un tiempo ganando.

Lo primero rentabilizar.

Lo segundo optimizar esa rentabilidad.

#2. Técnica para optimizar fiscalmente tu inversión

Una técnica muy efectiva para optimizar fiscalmente los rendimientos de tus inversiones realizadas es lo que los yanquis llaman «Tax Loss Harvesting».

Allí tienen mucho más juego con sus «non-taxable accounts», «IRA plans», «401» etc. Pero aquí le podemos sacar provecho mediante acciones o ETFs normales y corrientes.

Si tienes acciones de BBVA y estás perdiendo un 30%, lo que puedes hacer es venderlas y comprar otro activo casi idéntico, pongamos por caso el BSCH.

¿Cuando hacer esto?

Imagina que has vendido unas acciones superantiguas y has obtenido una rentabilidad grande. O por ejemplo que has invertido mucho en crowdlending y te han retenido por adelantado ese 20%.

Vamos a verlo con el ejemplo del crowdlending.

La inversión durante el año ha sido de 20.000 euros y has obtendido una rentabilidad neta real (descontado lo que te ha cobrado la plataforma) del 6%.

En ese caso 6% * 20.000 = 1.200 euros

El «bendito problema» que has tenido es que te han ido reteniendo el 20% de esas ganancias durante el año, con lo que:

1.200 * 20% = 240 euros en rentenciones

Rentabilidad real después de impuestos 1.200 – 240 = 960 euros

Aquí entra nuestra técnica.

Tienes invertido en BBVA 10.000 euros en los que llevas perdidos un 30%. La pérdida es de 3.000 euros.

Al llegar final de año vendes la parte proporcional de esa inversión para recuperar los 240 euros y luego reinviertes en otro activo casi idéntico como es el Banco Santander o cualquier otro banco.

1.2000/3000 = 40%

Vendes el 8% de esos 10.000 euros en acciones de BBVA

40% * 10.000 = 4.000 euros

Esos 4.000 euros (nominales) llevan una prédida implícita del 30%

4.000 euros * 30% = 1.200 euros de pérdida

Valor de venta= 4.000 – 30% de pérdida (2800)

Cuando llegue la declaración de la renta, en la parte de ingresos de capital mobiliario tendrás:

Plusvalías por crowdlending: 1.200 euros

Pérdidas de inversiones:  -1.200 euros

Resultado: 0

Retenciones prácticadas: -240 euros

Te tienen que devolver las retenciones.

Con lo que recuperas la totalidad las rentenciones de tus ganancias en crowdlending en todo el año.

Si sustituyes «crowdlending» por «dividendos», la técnica y lo datos son exactamente los mismos.

Y con los 2.800 euros (4.000 -1.200) de la desinversión en BBVA los reinviertes en BSCH

En el caso de la legislación fiscal española, al igual que la estadounidense (si eres de otro país puedes añadir comentario) no se puede reinvertir en el mismo activo que ha generado minusvalía. En el caso español deben pasar 2 meses hasta reinvertir en el mismo activo (gracias Luis por el comentario).

Por lo tanto tienes dos opciones; o esperas dos meses o reinviertes en otro de comportamiento similar, que es lo que vamos e ver en el punto 4.  Esto te ofrece la ventaja de poder hacerlo en diciembre, cuando tienes una estimación de tus gastos fiscales de esta parte en todo el año en ejercicio.

#3. Ahorro fiscal y traslación del coste fiscal

Trasladas el coste fiscal de la ganancia… pero no la trasladas.

Me explico.

El quid de la cuestión aquí es que solo realizas la pérdida cuando realizas un beneficio. Si no, no haces nada.

Esto quiere decir que si la reinversión de 2.800 euros sube un 30% en los próximos años, si no la realizas (vendes) no pasarás por hacienda.

O si estás bien diversificado y sigues realizando ganancias, siempre tendrás algún activo perdedor.

He puesto el ejemplo de crowdlending porque me parece un buen ejemplo de optimización fiscal con inversiones alternativas, de cómo puedes estar realizando ganancias en una estrategia a largo plazo en la que en principio no vas a realizar ganancias (no vas a vender activos para comprar otros).

Pero el mismo ejemplo se puede hacer con los dividendos o los intereses generados por cuentas remuneradas o depósitos bancarios.

Si eres de los que les gusta los dividendos, esta estrategia es ideal, ya que los dividendos llevan incorporados un coste fiscal (entre otros) en torno al 20%.

Si tienes la cartera bien hecha, siempre te podrás beneficiar de esta técnica para optimizar el coste fiscal.

Es una técnica ideal porque la ejecutas sobre los movimientos financieros, no haces ninguna estratagema legal ni de otro tipo, solo te beneficias de ella operando.

No se trata de una exención o deducción fiscal. No realizas ningún traspaso de fondos ni aplicas rentas exentas en el impuesto sobre la renta. No hace falta que seas ningún experto en derecho tributario o fiscal; sencillamente te beneficias fiscalmente de tu operativa.

Una «planificación fiscal» ad hoc efectiva y sencilla.

Nota importante:

Esta es una técnica financiera que deriva en un beneficio fiscal. Pero deberás estudiar el funcionamiento de la fiscalidad en tu país o región/comunidad, ya que en cada sitio hay una serie de requerimientos fiscales muy específicos en ese sentido y puede darse el caso de que te puedas beneficiar al 100% o solo una parte. En el caso de la legislación tributaria española establece unos máximos y unos porcentajes de compensación entre grupos de rendimientos. En casos específicos y ante la duda siempre acudir a un asesor fiscal especializado o preguntar a la AEAT.

#4. Acciones y ETFs ideales para esta técnia de optimización fiscal

Con los ETFs es mas fácil tener la seguridad de hacerlo bien, porque hay una variedad mayor de ETFs parecidos pero no idénticos.

Con acciones también puedes hacerlo. Tendrás que ver que se comportan parecido y pertenecen al mismo sector y región geográfica. Casi siempre tendrás al menos otro activo del mismo sector que se comporta casi de forma idéntica.

Un ejemplo clásico de esto son BBVA y Banco Santander.

Veamos:

BBVA-BSCH
Gráfico semanal. BBVA en negro y BSCH en rojo.

Imagina que compraste acciones de telefónica en la primera mitad de año de 2010 (primer cuadro verde) y en 2012 quieres aplicar esta técnica.

En este intervalo de tiempo la acción cayó un 30%. En la segunda mitad de 2012 hubieras vendido (segundo cuadro verde) la parte proporcional para cubrir la ganancia.

Luego en otros dos años hubieras recuperado la pérdida.

Ahora estamos en una situación parecida.

El ejemplo que he puesto sobre la marcha, resulta que es real (el gráfico lo he mirado a esta altura de la redacción del post) pero está lleno de ellos y cada cierto tiempo se repiten. No es algo rebuscado.

Si nos vamos mas atrás sucede lo mismo.

bbva-bsch 2

Y si nos vamos a los años 90, aquí no serviría con estos activos. Entonces BBVA y BSCH eran las Amazon o Inditex, solo subían.

Esto si quer eran unas Blue Chips
Esto si que eran unas Blue Chips

¿Qué hacer en este caso?, ¿si nos toca así?

Pues te vas a otras inversiones, a otros activos. Si tienes bien la cartera siempre tendrás acciones o ETFs en pérdida temporal. Cuando no es una acción serán los bonos, o el oro, o el petróleo o….

Espero que esta técnica sencilla sirva para esos años en los que recibes muchos dividendos, te retienen tus inversiones en crowdlending o realizas alguna vieja inversión gloriosa.

Olvídate de los productos aparentemente ventajosos desde un punto de vista fiscal «a priori» y céntrate en inversiones rentables y optimizalas fiscalmente «a posteriori».

5 Comentarios

  1. Hola, efectivamente en España tampoco puedes vender un activo con minusvalias y volverlo a comprar si no han pasado al menos DOS meses . Antiguamente si se podia hacer pero desde hace algunos años hacienda se dio cuenta de este truco y modifico la normativa.
    saludos

  2. Hola Luis,

    Muchas gracias por la resupesta, lo agrego al post. En ese caso habrá que reinvertir en otro activo de comportamiento similar.

    Estudiaré el reglamento para ver el artículo que lo define.

    Un saludo.

    Jorge

  3. Para todos aquellos que invierten su dinero en fondos ya sea por falta de conocimiento a la hora de valorar acciones o por simplicidad, deben estar atentos a las nuevas modificaciones que se rumorea que puede hacer el nuevo gobierno ( si se sale adelante el pacto).

    Se plantea la posibilidad de eliminar la posibilidad de no tributar hasta que reembolsas el capital, es decir, a final de año se estimaría el valor de mercado de las participaciones del contribuyente y se tributaría cada año por ese valor estimado aunque no se hiciese caja.

    De llevarse a cabo sería un duro golpe para los ahorradores ( y creo que también para la industria), por lo que muchos se verían obligados a recurrir a otro tipo de estrategias más complejas como las que propone Jorge.

    En fin, veremos que ocurre pero desde luego no corren buenos tiempos para los ahorradores.

    saludos!

  4. Hola Pablo!

    Que alegría verte por aquí.

    En efecto, los cambios legislativos no están exentos de problemas añadidos. Si se diera el caso que comentas, deberíamos sacar nuestro dinero de España. Es difícil que suceda puesto que saldría una cantidad ingente de capital y sobre todo, porque es un sisnentido. ¿Harían lo mismo con minusvalías?

    En cualquier caso, y gracias por apuntar este post, este tipo de tecnicas bien llevadas a cabo (es decir, conuna cartera bien hecha) siempre actuarán a nuestro favor.

    Un abrazo.

    Jorge

  5. Están muy bien, puedo aprender mucho de estas técnicas, porque lo importante ahora mismo es ahorrar. Muchas gracias por compartir.
    ¡Un saludo!

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